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Acta de Anexión a México

Palacio Nacional de Guatemala, enero 5 de 1822. Habiéndose traído a la vista las contestaciones de los Ayuntamientos de las Provincias, dadas a virtud del oficio circular del 30 de noviembre último, en que se les previno que en Consejo abierto explorasen la voluntad de los pueblos sobre la Unión al Imperio Mexicano que el Serenísimo Señor Don Agustín de Iturbide, Presidencia de la Regencia, proponía en su oficio del 19 de octubre, que se acompañó impreso; y trayéndose igualmente contestaciones que sobre el mismo punto han dado los tribunales y comunidades eclesiásticas y seculares jefes, quienes se tuvo por conveniente consultar, se procedió a examinar y regular la voluntad general, de la manera siguiente:

Los Ayuntamientos que han convenido llanamente en la Unión, según se contiene en el oficio del Gobierno de México, son ciento cuatro.

Los que han convenido en ella con algunas consideraciones que les ha parecido poner, son once.

Los que han comprometido su voluntad en lo que parezca a la Junta Provisional, atendiendo al conjunto de circunstancias en que se hallan las Provincias, son treinta y dos.

Los que manifestaron no conformarse con la Unión, son dos.

Los restantes no han dado contestación, o si la han dado no se ha recibido.

Y traído a la vista el estado impreso de la población del Reino, hecho por un cálculo aproximado, sobre los censos existentes, para la elección de Diputados, que se circuló en noviembre próximo anterior, se halló: que la voluntad manifiesta llanamente por la Unión excedía de la mayoría absoluta de la población reunida en ese Gobierno. Y computándose la de la Intendencia de Nicaragua que desde su declaratoria de Independencia del Gobierno Español, se unió al de México, separándose absolutamente de éste; la de Comayagua, que se halla en el mismo caso; la de Ciudad Real de Chiapas que se unió al Imperio, aun antes de que se declarase la Independencia de esta ciudad; la de Quetzaltenango, Sololá y algunos otros pueblos que en estos últimos días han adherido por sí mismo a la Unión; se encontró que la voluntad general subía a una suma casi total. Y teniendo presente la Junta, que su deber, en este caso, no es otro que trasladar al Gobierno de México, lo que los pueblos quieren, se acordó verificarlo así, como ya se indicó en oficio del 3 del corriente.


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