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El Escudo Nacional de Honduras

Escudo Nacional de Honduras


Hasta el momento de su independencia, como todas las colonias españolas, en Honduras se usó el escudo de armas de los reyes de España (no existió escudo nacional español hasta 1868).

El Escudo de Honduras fue creado por el Decreto Legislativo del 3 de octubre de 1825, siendo Jefe de Estado Dionisio de Herrera, está compuesto por símbolos alusivos a su territorio, historia y la variedad de recursos naturales que posee el país.

La elaboración del emblema nacional es una obra del sr. Ladislao Valladares.

Fue modificado por el Decreto Legislativo No. 7, del 16 de febrero de 1866 (que creó la actual Bandera de Honduras), publicado en el Boletín Legislativo (de Comayagua) No. 4 del 6 de marzo del mismo año, siendo Presidente de la República don José María Medina.

Ver además Cuestionario Cívico sobre el Escudo Nacional de Honduras

El Escudo de Honduras fue creado por el Decreto Legislativo del 3 de octubre de 1825, siendo Jefe de Estado Dionisio de Herrera.

Antecedentes

El sometimiento de Honduras a la Corona Española comenzó el 3 de mayo de 1524, cuando desembarcó en la bahía del Triunfo de la Cruz, el capitán Cristóbal de Olid, enviado por el conquistador Hernán Cortés.

Desde ese día, Honduras se convierte en provincia del Reino Unido de Guatemala, permaneciendo como colonia española hasta el 15 de septiembre de 1821.

Por aquel tiempo, a la provincia que era reconocida por la Corona se le otorgaba su escudo. Lo mismo se hacía con las ciudades y villas, cuando por su importancia lo ameritaban. Los escudos eran confeccionados por los reyes de armas, personajes encargados de estas diligencias.

Durante la Conquista, y el período colonial, se usaron en Honduras varios escudos de armas; el que correspondía a la provincia en particular, y el de varias poblaciones importantes fundadas por los españoles.

El escudo de armas de la provincia de Honduras fue otorgado por el emperador Carlos I en el año 1544, el que fue modificado en 1684 por el rey Felipe IV.

Tuvieron escudos las ciudades de Comayagua, Trujillo, y Gracias; además de las villas de San Miguel de Heredia de Tegucigalpa, Jerez de la Frontera de Choluteca, San Jorge de Olancho, San Pedro Sula, San Juan de Puerto Caballos, y Tencoa.

Evolución del Escudo Nacional

1.- Escudo de la Federación

Las cinco provincias de Centro América mantuvieron un escudo decretado por la Asamblea Nacional en la ciudad de Guatemala en 1823, el cual contenía un triángulo equilátero y en su base aparecía una cordillera de cinco volcanes. (Guatemala, El Salvador, Honduras, Nicaragua, y Costa Rica)
Honduras, como parte de las Provincias Unidas del Centro de América, adoptó la bandera y el escudo de armas aprobados por la Asamblea Nacional Constituyente de Centroamérica, según decreto No. 29 del 21 de agosto de 1823. La Bandera de las Provincias Unidas del Centro de América constaba de tres franjas horizontales: azules la superior e inferior y blanca la del centro. Este es el citado decreto:

DECRETO CREADOR DEL ESCUDO Y LA BANDERA DE LAS PROVINCIAS UNIDAS DEL CENTRO DE AMÉRICA

DECRETO No. 29

La Asamblea Nacional Constituyente de las Provincias Unidas del Centro de América, ha tenido a bien decretar y decreta:

Artículo 1º El Escudo de Armas de las Provincias Unidas del Centro de América será un triángulo equilátero; en su base aparecerá una cordillera de cinco volcanes, sobre un terreno que se figure bañado por ambos mares; en la parte superior, un arco iris que los cubra y bajo el arco, el gorro de la libertad esparciendo luces. En torno del triángulo y en figura circular se escribirá con letras de oro: “PROVINCIAS UNIDAS DEL CENTRO DE AMÉRICA”.

Artículo 2º Este escudo se colocará en todos los puestos y oficinas públicas sustituyéndose a las que se han usado por disposiciones de los anteriores gobiernos.

Artículo 3º El gran sello de la nación, el de la Secretaría de esta Asamblea, el de los agentes del gobierno, y tribunales de justicia, llevarán todos el mismo escudo.

Artículo 4º El pabellón nacional para los puertos y para toda clase de buques pertenecientes a este nuevo estado constará de tres fajas horizontales, azules la superior e inferior, y blanca la del centro en la cual irá dibujado el escudo que designa el artículo 1º. En los gallardetes las fajas se colocarán perpendicularmente por el orden expresado. Del mismo pabellón usarán los enviados de este gobierno a las naciones extranjeras. En los buques mercantes las banderas y gallardetes no llevarán escudo, y en la faja del centro se escribirá con letras de plata: DIOS, UNIÓN, LIBERTAD.

Artículo 5º Las banderas y estandartes de los cuerpos militares así vivos, así como de milicia provincial mientras esta subsista, se arreglarán a lo dispuesto en el artículo anterior: Sus fajas serán siempre horizontales, en la superior las palabras: DIOS, UNIÓN, LIBERTAD, y en la inferior la clase y número de cada cuerpo. En las de infantería ambas inscripciones serán con letras de oro, y en los de caballería con letras de plata.

Artículo 6º Los cuerpos de fuerza cívica dispondrán sus banderas y estandartes con arreglo a lo prevenido en el artículo setenta de la ley de diez y ocho del corriente.

Artículo 7º Al comunicarle este decreto al gobierno se le acompañarán diseños del blasón y pabellón nacionales para la más fácil inteligencia de cuanto queda prevenido:

Comuníquese al Supremo Poder Ejecutivo para su cumplimiento, y que lo haga imprimir, publicar y circular. Dado en Guatemala a 21 de agosto de 1823 – José Barrundia: Diputado Presidente – Mariano Gálvez: Diputado Secretario – Mariano de Córdoba: Diputado Secretario – Al Supremo Poder Ejecutivo.

Por tanto mandamos se guarde, cumpla y ejecuten todas sus partes. Lo tendrá entendido el Secretario del despacho, y hará se imprima, publique y circule. Palacio Nacional de Guatemala 3 de octubre de 1823 – Antonio Rivera: Presidente – Pedro Molina – Juan Vicente Villacorta. Al ciudadano Manuel Julián Ibarra.

Y de orden del Supremo Poder Ejecutivo lo inserto a V. para su inteligencia y fines consiguientes: Dios, Unión, Libertad, Palacio Nacional de Guatemala 3 de octubre de 1823. M. Julián Ibarra.

2.- 1851-1853 Bandera y escudo de armas de la Representación Nacional de Centroamérica.

Con la muerte de Francisco Morazán en Costa Rica, los estados de El Salvador, Nicaragua y Honduras aprobaron en 1851 su propio escudo, el cual constaba de tres volcanes sobre un terreno que se figura bañado por ambos mares.

El 8 de noviembre de 1849, los Estados de Nicaragua, El Salvador y Honduras acordaron en la ciudad de León (Nicaragua) un Pacto de Confederación, que debería ser arreglado por medio de una Dieta. La Representación Nacional de Centroamérica se instaló solemnemente el 9 de enero de 1851, en Chinandega, cabecera del departamento del mismo nombre.

Estaba integrada por el Licenciado Pablo Buitrago Benavente y Hermenegildo Zepeda Fernández por Nicaragua, José Guerrero por Honduras, Francisco Barrundia y José Silva por El Salvador. De inmediato se procedió a organizar su directorio, siendo nombrado presidente Hermenegildo Zepeda Fernández, Primer Secretario José Silva y Segundo Secretario el Lic. Pablo Buitrago Benavente.

El 22 de abril de 1851, la Representación Nacional de Centroamérica decretó obligatoria la bandera azul y blanca y el escudo de la Confederación de Centroamérica; este último sería un triángulo equilátero; en su base aparecería una cordillera de tres volcanes colocada en un terreno bañado por ambos mares; en el vértice el arco iris que los cubra y bajo éste el gorro de la Libertad difundiendo luces, y con tres estrellas en la parte superior. En torno del triángulo y en figura circular se escribirá en letras de oro, “FEDERACIÓN DE CENTROAMÉRICA”. Posteriormente el país volvió a usar la bandera anterior.

3. Primer escudo de la Nación

En la administración del general José María Medina, el 16 de febrero de 1866, se decretó un nuevo escudo con la leyenda «REPÚBLICA DE HONDURAS, LIBRE, SOBERANA E INDEPENDIENTE. 15 DE SEPTIEMBRE DE 1821».

4.- 1896-1898 Bandera y escudo de armas de la República Mayor de Centroamérica

Aún teniendo una constitución federal, cada provincia tenía libertad de aprobar su propia constitución, en la de Honduras se decretó el escudo, siendo sus distintivos: un triángulo equilátero y un volcán entre dos castillos.

Al asumir la presidencia de la República de Nicaragua el general José Santos Zelaya López el 16 de septiembre de 1893, prometió trabajar por el reaparecimiento de la Patria Centroamericana, ya que Nicaragua era una porción disgregada de la República de Centroamérica. El general Zelaya López aprovechó la amistad con los presidentes de Honduras y El Salvador, doctor Policarpo Bonilla y general Rafael Antonio Gutiérrez para promover la unión de las tres repúblicas, porque los presidentes de Costa Rica y Guatemala no mostraban interés en dicha unión.

El 20 de junio de 1895 los plenipotenciarios de Nicaragua, El Salvador y Honduras doctores don Manuel Coronel Matus, don Jacinto Castellanos y don Constantino Fiallos suscriben en el puerto de Amapala (Honduras) el Tratado de Unión que se conoce con el nombre de «Pacto de Amapala»; el que erige a las Repúblicas de Nicaragua, El Salvador y Honduras en una sola entidad política para el ejercicio de su soberanía bajo el nombre de República Mayor de Centroamérica. Esta denominación persistirá hasta que las Repúblicas de Guatemala y Costa Rica acepten voluntariamente el presente convenio en cuyo caso se llamará República de Centroamérica.

En el artículo número once de dicho convenio se adopta la bandera y el escudo de armas de la antigua federación, variando únicamente la divisa o leyenda. El 3 de agosto de 1895 el Tratado de Amapala fue ratificado por el presidente de la República, quedando por tanto incluido oficialmente Nicaragua dentro de la República Mayor de Centroamérica. Después de la ratificación del tratado por los tres gobiernos antes citados, se instaló en San Salvador (la capital salvadoreña) la Dieta de la República Mayor de Centroamérica.

Reunido el Congreso Constituyente en la ciudad de Managua (la capital de Nicaragua) el día 27 de agosto de 1898, aprobó la Constitución de los Estados Unidos de Centroamérica. Poco después la unión llegó a su fin debido al golpe de Estado del general Tomás Regalado (1898-1903), quién depuso el 13 de noviembre de 1898 al Presidente de El Salvador, general Rafael Antonio Gutiérrez, y de inmediato declaró la separación de este país; rompiéndose el pacto firmado en Amapala y finalizando el ideal de unidad centroamericana del general José Santos Zelaya López, por lo que Honduras volvió a usar su bandera y escudo nacionales anteriores.

Escudo Nacional de Honduras

Creación del Escudo Nacional

El Escudo Nacional se creó el 3 de octubre de 1825 por este Decreto Legislativo de la Asamblea Nacional Constituyente del Estado de Honduras, siendo Jefe del Estado don Dionisio de Herrera:

EL ESCUDO DE ARMAS DEL ESTADO es un triángulo equilátero, en su base aparecerá un volcán entre dos castillos, sobre los cuales se levantará el arco iris que cubre el gorro frigio de la libertad, esparciendo luz. Este triángulo estará colocado sobre un terreno que figure bañado por ambos mares (Pacífico y Atlántico).

En torno del triángulo se escribirá con letras de oro: ESTADO DE HONDURAS DE LA FEDERACIÓN DEL CENTRO. El escudo será cubierto en su parte superior por los cuernos de la abundancia, unidos por un lazo, y descansará sobre una cordillera de montañas, en las que aparecerán las minas, una barra, un barreno, una cuña, una almádana y un martillo.

En 1862 durante el gobierno provisional del señor don Victoriano Castellanos Cortés, en la ciudad de Santa Rosa de Copán reunido con la Asamblea Nacional Constituyente, emitieron el Decreto No. 3 en el que le da el título de república a Honduras, dejando de llamarse estado.

DECRETO No. 3. LA CÁMARA DE DIPUTADOS. CONSIDERANDO: Que está en sus facultades y es de su deber instituir el nombre que debe llevar la nación, procediendo en consonancia con el rango político que le pertenece atendiendo los principios desenvueltos en la carta fundamental, ha tenido a bien decretar:

ARTÍCULO 1: La denominación que en adelante llevara el conjunto de pueblos que forman el Estado, con inclusión de sus islas adyacentes, es el de República de Honduras.

ARTÍCULO 2: El gobierno mandara a esculpir este título en los sellos mayores y menores de que debe hacerse uso en el escudo del pabellón y la bandera de las milicias, en óvalos mandados a fijar en el frontispicio de las oficinas y también en las monedas.

ARTÍCULO 3: La presente ley será promulgada en todos los pueblos de la República con la solemnidad dedicada. Pase al Senado. Dado en el salón de la Cámara de Diputados de la ciudad de Santa Rosa, a siete de mayo de mil ochocientos sesenta y dos.

(Firma) Rolf. C. Díaz. Diputado Presidente, (firma) José Meza. Diputado Secretario y (firma) C. Goméz. Diputado Secretario.

El 10 de enero de 1935 se detalló que debería usarse un triángulo equilátero. En su base un volcán entre dos castillos. En torno de él, un óvalo y en letras de oro «República de Honduras, libre, soberana e independiente».

La actual Bandera de Honduras fue creada por el Decreto Legislativo No. 7, del 16 de febrero de 1866, publicado en el Boletín Legislativo (de Comayagua) No. 4 del 6 de marzo del mismo año, siendo Presidente de la República don José María Medina.

Ver Decreto de Creación de la Bandera Nacional

También el Escudo Nacional fue modificado, en vez del gorro frigio que aparecía hasta entonces lo sustituiría un sol poniente. Este es su texto:

Decreto de modificación del Escudo de Nacional

Decreto No. 7

El Presidente de la República de Honduras,
a sus habitantes.

Sabed: que el Soberano Congreso ha decretado lo siguiente:

El Congreso de la República, usando de las facultades que le concede el inciso 17 del Artículo 24 de la constitución, para designar el pabellón y escudo de armas de la República.

Decreta:

ARTÍCULO 4.- El Escudo de armas nacional, será el que actualmente se usa; con solo la diferencia de llevar un sol poniente, en vez del gorro frigio que hoy contiene.

Descripción del Escudo Nacional

El soberano Congreso Nacional en el decreto n.° 216 y en el artículo 142, considera al escudo como símbolo nacional para todos los usos de modo claro y general.

  1. El triángulo equilátero. Significa la perfecta igualdad de todos los hondureños ante la ley; todos gozamos de los mismos derechos y que todos tenemos las mismas obligaciones.
  2. El volcán. Situado entre dos castillos, es el recuerdo constante de que él perteneció al grupo de los cinco volcanes que figuraron en la base del triángulo equilátero del escudo federal.
  3. Los dos castillos. Colocados a ambos lados del volcán, recuerdan los muros inexpugnables en donde nuestros antepasados defendieron la soberanía de la Nación, poniendo a prueba el valor indomable de la raza autóctona y enseñan la firmeza y el heroísmo con que estamos obligados a luchar a favor de nuestros derechos.
  4. El arcoiris. Con sus extremos sobre los dos castillos está simbolizando la paz, la unión de la familia hondureña, la elevación de ideales.
  5. El Sol naciente. Esparce luz e ilumina el horizonte, haciendo resaltar la hermosura del país. Simboliza la libertad, el amor a la patria, virtudes por las cuales cayó Lempira bajo el plomo traidor de los conquistadores, para pasar a los espacios infinitos de la inmortalidad, dejando como recuerdo imperecedero la enhiesta cumbre del Coyocutena.
  6. Los dos mares. El Atlántico y el Pacífico que se contemplan tendidos a los lados del castillo, besan rumorosos a las tierras hondureñas e invitan a los hijos de la patria a la comunión más estrecha y fraternal con las naciones del mundo.
  7. El óvalo. Simboliza el receptáculo en donde ha de guardarse el recuerdo de la fecha de emancipación política, con esta leyenda: «REPÚBLICA DE HONDURAS, LIBRE, SOBERANA E INDEPENDIENTE. 15 DE SEPTIEMBRE DE 1821».
  8. Aljaba llena de flechas. Simboliza la vida guerrera de nuestros indios manteniendo vivo entre nosotros el recuerdo inmarcesible de Lempira.
  9. Cuernos de la abundancia. Están unidos por un fuerte lazo y penden de la aljaba, simbolizando la riqueza vegetal de Honduras.
  10. Cordillera de montañas. Constituye la base en que descansa el óvalo, significando que nuestro territorio es montañoso, con una gran variedad de clima.
  11. Las minas y herramientas. Las minas son indicio de que nuestra tierra conserva en sus entrañas riquezas maravillosas, que al ser debidamente explotadas con auxilio de la ciencia y técnologia moderna, se logre el desarrollo socioeconómico sostenible a largo plazo. Las herramientas son el reclamo constante que la patria hace a sus hijos, invitándoles al trabajo para formar la conciencia nacional en el yunque del honor.
  12. El cielo azul. Con tenues nubecillas blancas, sirven de fondo al triángulo y es emblema de la pureza de los ideales que alimentamos los hondureños.


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